En nuestra naturaleza como usuarios de las redes sociales, a menudo hacemos “homenajes” a imágenes (comerciales o no) que por su exposición en medios o por ser ya parte del inconsciente colectivo, son susceptibles a ser recreadas con cierta frecuencia. De estos tiempos son las parodias al video clip “Single Ladies (Put A Ring OnIt)” de Beyoncé que se suben a YouTube, así como las imágenes de políticos, artistas o personalidades públicas donde se les ridiculiza, se les hace mofa o sencillamente descontextualizan el discurso para añadirlo a otro más gracioso. Esto último existe desde que el mundo es mundo.
Uno de los anuncios más célebres es el de la marca de bronceadores Coppertone que data de 1953 donde se muestra –en la estética publicitaria de entonces– a una niña pequeña y un perrito que le jala la parte baja de su traje de baño para mostrar en forma inocente la efectividad y rapidez con la que las personas pueden adquirir un tono dorado en la piel; 10 años después se repetiría este anuncio para la televisión con una Jodie Foster de apenas 3 años replicando la misma escena y aumentando las ventas de la marca a cifras astronómicas; todo por el poder de una imagen. Con el paso del tiempo ésta campaña sería asociada, no tanto con el producto sino con mar, arena y sol. Hasta ahora, donde una sana parodia termina siendo una censura.
Pueden observar el anuncio de Coppertone de 1963 con Jodie Foster.
¿Un desnudo puede ser pornográfico?
Jill White, una ama de casa y madre de la ciudad de Hickory, Carolina del Norte. En unas vacaciones en la playa decidió tomar una fotografía de su hija de apenas 2 años, reproduciendo el célebre anuncio del bronceador ya citado y sustituyendo el perrito por una amiguita de su hija; hecho esto, decide subir la imagen a Facebook. Y he aquí, empezaron sus problemas. Luego de colocar la foto, alguien reportó la misma como contenido inapropiado, recibiendo una notificación de la red social con las posibilidades de borrarla, cambiar la privacidad de la misma o ignorar la advertencia. White decidió ignorarla, en parte porque no consideraba que la imagen fuese insultante y además, porque en los términos de servicio no aparece algún aspecto relacionado con este tipo de contenido. Por 24 horas no pudo subir fotos a su cuenta personal ni a una fan page que maneja; pasado este tiempo decide subir una versión editada con la parte de la nalga de su hija cubierta por un emoticón. Y de nuevo fue sometida a revisión por parte de Facebook sobre nudismo y pornografía.
En un comunicado emitido a la estación de televisión WBTV por parte de un vocero, Facebook desmintió rumores relacionados con una suspensión de por vida para Jill White, agregando que la foto original fue quitada, no por ser pornográfica, sino por mostrar el trasero desnudo de un niño. Citando a Facebook: “Con mil millones de personas usando nuestra red social, tenemos que fijar una serie de guías universales que respeten las visiones de muchas personas… (Existe una) estricta política contra el compartir contenido pornográfico y cualquiera de naturaleza explícita que involucre niños. También imponemos limitaciones sobre las muestras de desnudez. Aspiramos a respetar el derecho de las personas en compartir contenido de importancia personal.”
¿Qué es pornográfico y qué no lo es?
A partir de lo mencionado en los párrafos anteriores, cabe abrir el debate sobre los contenidos que se suben a Facebook. Ciertamente estamos en la actualidad viviendo un cambio de paradigma comunicacional donde la creación de elementos por parte de las personas está influenciado tanto por los medios tradicionales como por una nueva mentalidad de presencia e impacto, independientemente de que los perfiles de redes sociales sean privados o no.
Hace un par de años habría sido impensable publicar cosas como subir videos a YouTube de personas bailando o en situaciones “comprometedoras“; ahora no sólo es común sino que para muchos es “urgente“, pasando la cultura de ser tecnológica a ser social. El hecho que una persona quiera imitar un anuncio publicitario y subir una foto sobre ello, es prueba de esta tendencia. Ahora bien, éticamente no hay nada reprobable en un desnudo infantil, al menos desde la perspectiva de los padres; sin embargo para otras personas puede significar desde pornografía hasta actitudes pederastas, mismas que condenamos enérgicamente. Y si bien una red social de uso masivo es un gran repositorio de ideas, pensamientos y conceptos, también es cierto que -invocando de nuevo a la ética- no puede permitir contenidos que inciten al odio, a la violencia o a conductas reprobables. Para esto hay foros y redes sociales destinadas a estos grupos de interés; a fin de cuentas hay que tener siempre en cuenta que Internet es una gran democracia donde debe permitirse todo.
¿Un anuncio como el de Coppertone sería aceptable en una sociedad como la actual? ¿Qué es aceptable y qué no lo es en una red social?
seryhumano.com / Francisco Antonio Matos Mora
Fuente: communitymanagervenezuela.com